"...II
FUNDAMENTOS DEL RECURSO
En el escrito presentado ante esta Sala, en fecha 15 de noviembre de 2012, el recurrente planteó lo siguiente:
“…PRIMERO: Mi representado en fecha siete (7) de junio de 2012, interpuso demanda por ejecución de hipoteca en contra de los ciudadanos María del Rosario Valera Peña, Marisol Coromoto Pérez Valera, Magda Raquel Pérez de Heras, María Matilde Pérez Valera, Ender Emigdio Pérez Valera, José Manuel Pérez Estrada, María Eugenia Pérez Estrada, Isabel Cristina Pérez Estrada y María de los Ángeles Pérez Navarro… Dicha demanda correspondió conocer previa distribución al Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco del estado Zulia, expediente 7 [...]
"...En efecto, dicho artículo 20 dispone:
El juez o jueza debe ordenar de oficio o a petición de parte, todas las medidas necesarias establecidas en la ley, tendentes a prevenir o a sancionar las faltas a la lealtad y probidad de todos los y las intervinientes en el proceso; así como las contrarias a la ética profesional, la colusión, el fraude y la temeridad procesal, o cualquier acto contrario a la justicia y al respeto a dichos intervinientes.
De allí que no hay duda en cuanto a que todo juez o jueza puede y debe, como director del proceso, prevenir y sancionar las faltas cometidas por las partes y demás intervinientes dentro del proceso; pero con respecto a otros jueces no le está permitido ordenar la aplicación de sancion [...]