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TSJ sí emitió aclaratoria sobre la declaración del ISLR
La decisión del TSJ sobre el ISLR consta de 11 páginas, en la 1 se hace referencia al ponente y en la 10 están las firmas de los magistrados
Aunque la medida no ha sido publicada en Gaceta el expediente está en el Tribunal
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EL SISTEMA TRIBUTARIO VENEZOLANO (I)
Por Eduardo Lara Salazar, Abogado
Todo Estado debe tener una forma para la satisfacción de las necesidades colectivas de sus ciudadanos. Venezuela no escapa de ello.
Por esta razón se ha ideado un sistema tributario que permita disponer de una suma de medios capaces para lograr la esencia de un Estado sin importar su forma o sistema de gobierno, pues hasta los mas dictatoriales o autoritarios disponen de alguno; mas bien, en estos es donde mas se profundiza en su implementación, ya que puede ser usado como herramienta represiva hacia aquellos que le adversan.
Para el caso venezolano, la Constitución aprobada el año 1999 establece un sistema tributario basado en principios como el de legalidad, que consiste en que no podrá establecerse impuestos, tasas o contribuciones que no esten expresamente previstas como tales por la ley, así como tampoco ninguna otra forma de incentivos fiscales, tales como rebajas, exoneraciones ni exenciones.
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Impugnan norma sobre tributos de Ley de Notarías
Carlos Vecchio, aspirante a alcalde de Chacao, afirma que viola la Constitución
La nulidad del artículo 84, numeral 7, de la Ley del Registro Público y del Notariado, vigente desde diciembre de 2006, solicitó a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el abogado y precandidato a la Alcaldía de Chacao, Carlos Vecchio, quien aseguró que dicha norma vulnera los principios del gobierno descentralizado y de la autonomía municipal.
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SNAT/INTI/GR/RCC/Nº 137
Caracas, 07 FEB. 2008
Años 197° y 148°
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en ejercicio de las facultades previstas en los numerales 1, 7, 9, 33 y 35 del artículo 4 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, y de conformidad con lo dispuesto en tos artículos 41, 125 y 145 numeral 8, del Código Orgánico Tributario, 79 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, 146 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta y 12 de la Resolución del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas Nº 904 del 14/03/2002, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.409 del 21/03/2002,
Dicta la siguiente:
PROVIDENCIA POR MEDIO DE LA CUAL SE DEROGA LA
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SNAT/INTI/GR/RCC/Nº 0085
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Personas naturales tendrán que declarar ISLR vía Internet
El organismo prepara una reforma de la providencia con el fin de revisar la declaración para las personas jurídicas (M. Cifuentes)
Ante ese cambio ya no se podrá efectuar el procedimiento con las planillas
El Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (Seniat) emitió una providencia mediante la cual se modifica el procedimiento de declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR), que se tiene que efectuar antes del 31 de marzo.
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