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Sentencia del TSJ regirá para declaración de ISLR de 2008
Para pago del tributo del ejercicio 2007 se tomarán en cuenta todos los ingresos.
La sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sobre los ingresos que se tienen que tomar en cuenta para el pago del Impuesto sobre la Renta regirá para la declaración del tributo del año 2008, que se cancelará en el período 2009.
El Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (Seniat) notificó en un comunicado que para la determinación del ISLR de 2007, el cual se tiene que declarar antes del 31 de marzo, las personas deberán tomar en cuenta todas las remuneraciones percibidas en el ejercicio, tal como lo indica el artículo 31 de la Ley de ISLR. Esa disposición dice que el enriquecimiento neto abarca los sueldos, salarios, dietas, pensiones y demás remuneraciones distintas a viáticos.
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Enviado por Arturo Pellez Cardozo
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Inmuebles cercanos a obras públicas pagarán impuestos
Los bienes cercanos a las obras aumentan su valor
Pecharán equipos productivos sin uso por causas no justificadas
MAYELA ARMAS H.
EL UNIVERSAL
Desde hace más de un año el Ejecutivo nacional trabaja en la reforma tributaria, la cual ahora se está enmarcando en el Plan de Desarrollo Económico y Social del período 2007-2013.
En las líneas del programa se contempla el reordenamiento del sistema tributario, lo que abarca la implementación de un tributo por revalorización de inmuebles por efecto de obras públicas, lo cual significa que aquellos bienes que están cercanos a líneas de metro, sistema ferroviario, entre otros, tendrían que ser gravados.
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EL UNIVERSAL
El enriquecimiento ya no abarcará remuneraciones adicionales
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia modificó el esquema de declaración del impuesto sobre la renta para las personas naturales.
En una setencia publicada el pasado 27 de febrero, el Máximo Tribunal reformó el artículo 31 de la Ley de ISLR, de manera que para cancelar el tributo el enriquecimiento neto (ingresos estimados para la declaración) sólo incluirá al salario percibido en forma regular.
El enriquecimiento ya no abarcará los recursos que haya tenido una persona por concepto de bonos o demás remuneraciones diferentes al sueldo.
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