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Aprobados otros 58 nuevos artículos de la Ley Orgánica del TSJ
asambleanacional.gob.ve
En la continuación de la segunda discusión de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia fueron aprobados los artículos desde el 53 al 109, discusión que continuará en la próxima sesión
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Directorio Asamblea Nacional
Presidencia
Tlf. (0212) 4836780 /4845866 /5637714 /4837496
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La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela
Decreta:
LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE MUNICIONES
Capítulo I
Disposiciones Generales
Objeto
Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto el registro, control y recuperación de las armas y municiones, así como el desarme de las personas que ilícitamente las porten, detenten, oculten, fabriquen o introduzcan al país.
Ámbito de Aplicación
Artículo 2. Esta Ley es aplicable a las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que porten, detenten, oculten o realicen cualquier actividad relacionada con las armas, sus partes, repuestos, accesorios y municiones, en el territorio y demás espacios geográficos de la República.
Leer más: Anteproyecto de Ley para el Desarme y Control de Municiones
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Ante-Proyecto de Ley de Preventa de Vivienda en Construcción o aún no Construidas
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLlCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Decreta
La siguiente,
LEY DE PREVENTA DE VIVIENDA EN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN O AUN NO CONSTRUIDAS.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Objeto de la Ley
Artículo 1. Esta ley establece y desarrolla un conjunto de normas dirigidas a regular la preventa, venta o enajenación de bienes inmuebles destinados a viviendas en proceso de construcción o aun no construidas. Todo convenio entre particulares cualquiera sea su denominación contractual que tenga por objeto la venta de una vivienda aún no construida o en proceso de construcción se regirá
por la presente ley.
Inicio de la Preventa
Articulo 2. La preventa, venta o enajenación de bienes inmuebles destinados a viviendas en proceso de construcción o aun no construidas no podrá iniciarse sin haberse obtenido toda la permisología exigida por los organismos competentes, en materia de desarrollo urbano, sean nacionales, regionales o municipales.
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